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habilitation à diriger des recherches

Q¿Qué es la Habilitación para Supervisar Investigaciones (HDR)? La Habilitación para Dirigir Investigaciones (Habilitation à Diriger des Recherches, HDR) es un diploma nacional de enseñanza superior que puede obtenerse después del doctorado. Este diploma acredita la capacidad para supervisar proyectos de investigación y dirigir tesis doctorales. Está regulado por el decreto de 23 de noviembre de 1988.

¿Para qué puede servir este diploma?

  • Dirección de tesis doctoralesEl IDH debe supervisar a los doctorandos y las tesis doctorales.
  • Candidatura a un puesto de Catedrático de UniversidadEl IDH es un requisito previo para solicitar cátedras universitarias, previa inscripción en la lista de titulaciones del Conseil National des Universités (CNU): http://www.cpcnu.fr).
  • Facilitar determinadas promocionesEn organismos de investigación como el CNRS y el CEA, el IDH también puede facilitar el reconocimiento profesional.

A un nivel más informal, el IDH es un indicador de reconocimiento dentro de la comunidad científica, tanto a nivel nacional como internacional. La calidad de la actividad investigadora del candidato se evalúa tanto cuantitativamente (como el número y la calidad de las publicaciones, y la dirección de prácticas y tesis) como cualitativamente (como los cambios temáticos, la innovación en las direcciones de investigación, la autonomía y la responsabilidad en la realización de las actividades de investigación).

Procedimiento de evaluación del IDH en la Universidad de Guyana

El procedimiento de evaluación del IDH en la Universidad de Guyana consta de dos etapas. La primera es una solicitud de autorización de registro, seguida de una solicitud de autorización de defensa.

1era Etapa - Solicitud de autorización de registro

La decisión de preparar un IDH es voluntaria. En la práctica, sin embargo, los candidatos deben prever el tiempo necesario para evaluar y gestionar la solicitud.

Nivel de candidato

  • El inicio del procedimiento de inscripción es responsabilidad del candidato, que debe asegurarse de que se respeta el calendario administrativo de inscripción y examen oral.
  • El solicitante debe seleccionar un "Tutor" que debe ser un profesor-investigador o un investigador autorizado para dirigir investigaciones.
  • El Tutor deberá facilitar una nota de presentación del solicitante.
  • El candidato y el tutor deben proponer una lista de al menos 5 personas susceptibles de participar en el jurado de defensa y actuar como ponentes del IDH.
  • El tutor se pone en contacto con el presidente del Comité de Evaluación de las candidaturas al IDH y le envía el expediente del candidato, junto con la nota de presentación del candidato y los miembros propuestos para el tribunal de defensa.

A nivel del Comité de Evaluación del IDH

  • A fin de evaluar la admisibilidad de la solicitud con vistas a su registro, el Presidente de la Comisión presenta la solicitud a los miembros de la Comisión de Evaluación de las Solicitudes de IDH, que está formada por profesores titulares y titulares de IDH de la Universidad de Guyana.
  • Si la candidatura se considera admisible, el Comité determina la composición del jurado examinador[1] y la lista de ponentes basándose en la lista de personalidades presentada por el "tutor". Tres de los miembros del jurado designados como ponentes[2] se encargarán de examinar e informar sobre el trabajo del candidato, y al menos otros dos miembros del jurado serán ajenos a la Universidad. Los tres ponentes seleccionados no deben haber publicado conjuntamente con el candidato al IDH.
  • El dictamen motivado de la Comisión y las propuestas de los ponentes y de los miembros del tribunal son presentados por el Presidente de la Comisión a la Junta Académica de la Universidad, que es la única facultada para tomar una decisión en nombre de su Presidente.

A nivel del Consejo Académico (CAC)

El CAC, reunido en una formación restringida a personas cualificadas para dirigir investigaciones, examina el dictamen motivado de la Comisión de Evaluación del IDH, así como las propuestas para el jurado y los ponentes, y emite su dictamen sobre si autoriza al candidato a inscribirse en el IDH. Si la CAC rechaza la solicitud de un candidato, debe emitir un dictamen detallado y notificárselo al candidato.

Cómo inscribirse

El Presidente de la Universidad es el responsable de autorizar la inscripción, a propuesta de la Junta Académica de la Universidad reunida en la configuración definida anteriormente.

Se invita a los candidatos a remitirse a los documentos elaborados por la Escuela de Doctorado para obtener información práctica sobre cómo presentar la solicitud.

Nota: todas las solicitudes enviadas a la Universidad de Guyana serán examinadas por los miembros del Comité de Evaluación de Solicitudes del IDH en un plazo de quince días. El comité deberá emitir su dictamen en un plazo de 30 días.

La comisión examinará la admisibilidad de la solicitud a la luz de lo que se espera de una solicitud de IDH (existencia de publicaciones, ejercicio de un determinado número de responsabilidades, experiencia de supervisión, etc.).

2ª etapa - Solicitud de autorización para defender la tesis

A nivel del Comité de Evaluación del IDH

  • Una vez inscrito el candidato, el Presidente del Comité de Evaluación del IDH remite el expediente del candidato a los tres ponentes y solicita sus informes en un plazo máximo de dos meses.
  • Estos informes deben describir el expediente del IDH y ofrecer una evaluación sincera y razonada del mismo, de acuerdo con las normas vigentes en la disciplina. En particular, deben evaluar la capacidad del candidato para supervisar la investigación. Se pide a los ponentes que emitan su dictamen, en forma de informes escritos y razonados, en un plazo razonable (de uno a dos meses, a título orientativo).
  • Una vez recibidos los informes, el Comité de Evaluación del IDH emite un dictamen motivado basado en los mismos y remite el expediente a la CAC.

A nivel del Consejo Académico (CAC)

El CAC, reunido en una formación restringida a personas cualificadas para dirigir la investigación, examina los tres informes enviados por la Comisión de Evaluación del IDH y emite su dictamen sobre si autoriza a los estudiantes a defender su IDH. La CAC puede solicitar informes adicionales. Si el CAC emite un dictamen favorable a la inscripción, la propuesta de composición del jurado será firmada por el Presidente de la Universidad.

Autorización

Corresponde al Rector de la Universidad autorizar a los estudiantes a defender sus títulos, a propuesta de la Junta Académica de la Universidad, reunida en la configuración definida anteriormente.

Informe del examen

Al final de la defensa del IDH, se redactará un informe de defensa bajo la autoridad del presidente del jurado y de conformidad con las normas vigentes del CNU. El presidente del jurado enviará este informe al DE lo antes posible.

[1] El decreto (artículo 6) estipula que el jurado "estará compuesto por un mínimo de cinco miembros elegidos entre el personal docente habilitado para dirigir la investigación en los establecimientos públicos de enseñanza superior, los directores e investigadores superiores de los establecimientos públicos científicos y tecnológicos y, por lo menos la mitad, personalidades francesas o extranjeras ajenas al establecimiento y reconocidas por su competencia científica. Al menos la mitad de los miembros del jurado deberán ser catedráticos o equivalentes".


[2] El decreto (artículo 5) establece que el informa son confiado a "un mínimo de tres ponentes elegidos por su competencia, dos de los cuales, como mínimo, deberán estar cualificados para dirigir investigaciones. Dos de estos ponentes no deberán pertenecer al personal docente de la institución en la que el solicitante haya presentado su candidatura". En caso de que un informe se encomiende a una persona que no esté cualificada para dirigir investigaciones, el Comité de Evaluación del IDH deberá aprobar esta elección.

ED587

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